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lunes, 3 de diciembre de 2018

Así será el dispositivo de seguridad alrededor del Santiago Bernabéu para el Superclásico.

Se repetirá la fórmula del triple anillo de seguridad en los aledaños del estadio. No podrá pasar nadie sin su entrada nominativa.

El próximo domingo 9 de diciembre se jugará el Superclásico de la final de la Copa Libertadores, y lo hará en el Santiago Bernabéu. Los preparativos para alojar esta cita se van complementando sin pausa alguna. Como por ejemplo, el proceso de acreditaciones a los medios de comunicación, o el reparto de las entradas. Y a su vez, en el propio terreno también se van concretando algunas medidas. Una de ellas es el dispositivo de seguridad alrededor del coliseo blanco por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. 

Así las cosas, según ha podido comprobar Goal, alrededor del Santiago Bernabéu habrá un triple anillo de seguridad en las calles aledañas de acceso al estadio. Una medida que ya se ha aplicado en la capital española en un par de ocasiones en las que la amenaza terrorista estaba en niveles máximos. Como por ejemplo, en el Clásico entre Real Madrid y Barcelona en noviembre de 2015, justo después de los atentados en París. Entonces en el estadio merengue hubo un despliegue de 1000 efectivos de la Policía Nacional y otros 1400 de la seguridad privada de los propios clubes y de La Liga, incluidos francotiradores en los tejados alrededor del campo. Hubo un dispositivo similar en abril de 2017 ante el Real Madrid-Bayern Múnich de Champions League.

El triple anillo de seguridad consiste en un triple control por parte de los efectivos de seguridad. En primer lugar, control de documentos de identidad junto con las entradas, dado que éstas serán nominativas. Nadie podrá superar dichos controles sin un ticket con su nombre, unido con su correspondiente pulsera identificativa [tal y como ya se ha anunciado, no se pondrán entradas a la venta en taquillas del Santiago Bernabéu, ni tampoco en Argentina, sino que las entradas reservadas se recogerán en persona en puntos de encuentro en Madrid, y será ahí donde se efectuará el primer proceso de identificación con la recogida de la entrada y la pulsera correspondiente].





miércoles, 28 de noviembre de 2018

77 vigilantes de seguridad reciben un reconocimiento por su labor y entrega.

La Subdelegación del Gobierno celebró ayer el Día de la Seguridad Privada 2018, en un acto celebrado en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, en el que se reconoció la labor de los vigilantes de seguridad con la entrega de diplomas. En total, han sido 77 los vigilantes galardonados por su labor a lo largo del último ejercicio. Durante su intervención, la subdelegada del Gobierno, Rafaela Valenzuela, destacó que «sectores estratégicos para la provincia como la joyería y las infraestructuras tienen una dependen en gran medida de la seguridad privada, al igual que explotaciones agrícolas, entidades bancarias, farmacias, administraciones de lotería, hostelería, locales de ocio nocturno y monumentos visitados por el turismo». Según Rafaela Valenzuela, en el actual nivel 4 de alerta antiterrorista reforzado, este servicio de seguridad privada se ha convertido en esencial para mantener la protección ciudadana.
Valenzuela aludió a la comisión de seguridad privada, «en la que están representados todos los que participan de dicho sector, avanzando en los asuntos preocupantes como el intrusismo o el fraude».
En la provincia de Córdoba este sector emplea a 1.119 vigilantes de seguridad privada (lo que supone un 24% más que el año pasado) y una quincena de detectives privados. También existen 40 empresas vinculadas con esta actividad y unos 2.200 establecimientos están obligados a contar con este servicio. En todo el territorio nacional, el sector de la seguridad privada factura alrededor de 3.600 millones de euros anuales y emplea a cerca de 100.000 personas.

lunes, 26 de noviembre de 2018

Las armas bajan al metro de Barcelona.

La escalada de violencia en el centro de la ciudad se traslada también al suburbano.

Los barceloneses perciben inseguridad en el metro. Así lo refleja la encuesta realizada por Metrópoli Abierta a 600 vecinos, en la que señalan que uno de cada tres ha sufrido un delito en los últimos tres años, y el más habitual es un hurto en el transporte público o en la calle.

La inseguridad en el metro viene provocada por la permanente presencia de carteristas y por la escalada de violencia en el suburbano. En los últimos meses se han producido diversas agresiones a pasajeros o agentes de seguridad, sin que se haya tomado ninguna medida al respecto.

AGRESIONES

El último episodio de violencia se produjo en la madrugada del pasado domingo, cuando un hombre armado con un cuchillo de grandes dimensiones intento apuñalar a un vigilante de seguridad a escasos metros de un carrito de bebé.

Una semana antes, un grupo de jóvenes fue detenido acusado de agredir sexualmente a una chica y apuñalar a su pareja que la esperaba a la salida de la estación. Dos de los detenidos eran menores que dormían en la calle sin tutela.

También en fin de semana, pero esta vez en octubre, dos jóvenes apuñalaron a un vigilante de seguridad en la estación de Paral·lel. Los hechos ocurrieron en la madrugada del día 21 y la víctima recibió varios cortes en los brazos. Los agresores fueron detenidos.

GRAFITEROS

La violencia en los últimos meses también ha venido protagonizada por los grafiteros, que han intensificado sus actuaciones bajo tierra y cuando han visto que su actuación podía ser interrumpida se han defendido con violencia, como ha quedado registrado en algunos vídeos.
En el caso más reciente, las víctimas no fueron agentes de seguridad, como había ocurrido hasta el momento. Tras obligar a detener un tren en la estación de Maragall, varios pasajeros les reprocharon su actuación y los grafiteros respondieron atacando a tres de ellos, incluida una mujer embarazada, a la que rociaron con pintura en la cara.
Las agresiones en el metro se han convertido en recurrentes y otro ejemplo reciente ocurrió tras la última manifestación de Jusapol en Barcelona, cuando un hombre ataviado con una bandera de España fue empujado escaleras abajo en la estación de Urquinaona por una persona que no ha sido identificada todavía.

miércoles, 21 de noviembre de 2018

El Constitucional anula otros dos despidos por llamar corruptor a Ramírez.

Nuevo varapalo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que avaló la represalia de Seguridad Intersindical Canaria a los sindicalistas.

Otras dos sentencias del Tribunal Constitucional, han anulado los despidos en abril de 2015 de dos miembros del comité de empresa de la empresa Seguridad Integral Canaria, como represalia por haber protestado el 23 de diciembre de 2014 en un pleno del Ayuntamiento de la capital contra los impagos e incumplimientos laborales, ataviados con una careta del Pequeño Nicolás y con mensajes en sus camisetas en los que se leía "donde hay un corrupto hay un corruptor", en referencia al entonces propietario de la compañía, el también presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez.

Estas dos resoluciones, que se suman a otra similar emitida en septiembre pasado, suponen otro duro varapalo a los fallos de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que respaldaron los despidos disciplinarios de Ramírez, por infracción de la buena fe contractual, falsedad, deslealtad y ofensas verbales. Los vigilantes de seguridad han sido defendidos por el abogado Diego León Socorro.

La Sala primera del Constitucional declara nulos los dos despidos, porque vulneran el derecho de libertad sindical. Según los magistrados, los despidos suponen "una limitación indebida del derecho a la libertad sindical, en relación con la libertad de expresión".

Los sindicalistas despedidos, señalan ambos fallos, hicieron un "uso legítimo de sus derechos fundamentales de libertad de expresión en relación con el derecho a la libertad sindical", al exteriorizar "su desacuerdo no sólo con la empresa empleadora, sino también con la pasividad de los responsables municipales que, tras adjudicar la prestación del servicio a Seguridad Integral Canaria, S.A., consintieron pasivamente el impago de los salarios de los trabajadores de la contrata fijados en el convenio colectivo".

Como en la primera sentencia, los magistrados entienden que "atribuir a la empresa de seguridad la acción de corromper a la Administración, mediante un mensaje escrito impreso en las camisetas, en el contexto de un conflicto laboral, con el propósito de recriminar al Ayuntamiento su pasividad frente al incumplimiento de las condiciones laborales de los trabajadores de una empresa adjudicataria de un servicio de titularidad pública -por más que se acompañen de la imagen de dos manos entregándose dinero-, no tenía más significación que la de denunciar la irregular actuación de la administración. Dicha protesta no buscaba otra finalidad que lograr el respeto de las condiciones laborales que se consideraban infringidas, pese a que los responsables de la empresa pudieran considerar que el mensaje impreso en las camisetas fuera ofensivo, molesto o hiriente".

En la sentencia se hace referencia a las cartas de despido, en la que se recrimina a los demandantes de estar presente también en una rueda de prensa del 31 de marzo de 2015, mostrando su apoyo a las declaraciones del entonces secretario de Intersindical Canaria y hoy concejal de Cohesión Social en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,  Jacinto Ortega. En dichas afirmaciones se acusaba a Ramírez de ser "un dictador empresarial" y de estar "ante una empresa y un grupo empresarial, con una política basada en el terror y el miedo hacia los trabajadores, la cual cuenta con sicarios empresariales y explotadores, que actúan contra la clase trabajadora". Ramírez denunció a Ortega por atentar contra su honor, pero el Tribunal Supremo anuló el pasado mes de junio la condena de la Audiencia Provincial de Las Palmas por llamar "corrupto" y "corruptor" al empresario.

Desde Seguridad Integral Canaria -cuyo nuevo titular es Héctor de Armas, tras adquirir en junio pasado la empresa de la que fue administrador único desde 2011-, respaldaron ayer las dos nuevas sentencias y aseguraron que de los nueve sindicalistas despedidos en 2015 "han sido readmitidos todos. Cinco están reincorporados y el resto prefirió esperar a la sentencia del Constitucional para pedir la readmisión, que será inmediata". Las fuentes aclararon que los despidos se produjeron por "decisión del anterior propietario. Una de las primeras medidas de Armas fue readmitir a todos los que quisieron. Nos alegramos de que la Justicia reconozca aquellos desajustes que se produjeron".



martes, 20 de noviembre de 2018

Metro de Madrid vigilará con perros las cocheras y cabeceras para evitar ataques de grafiteros.

Metro de Madrid vigilará las cocheras y las cabeceras de la red con agentes que irán acompañados de ‘perros policía’, especialmente adiestrados.

Esta será una de las primeras medidas que pondrá en marcha la empresa para retomar la iniciativa tras los ataques de comandos de grafiteros y la polémica que se produjo por no tomar medidas para evitar nuevas pintadas en los trenes.

Los responsables de seguridad ya han realizado pruebas en los depósitos de trenes donde pretenden dejar este tipo de vigilancia de forma permanente.

Las cabeceras y cocheras del Metro son los principales puntos donde los grafiteros atacan los trenes para pintarlos. Los vagones están parados y generalmente con poca vigilancia lo que facilita las pintadas.

Además en caso de ser detectados por las cámaras o por los vigilantes, tienen zonas por las que escapar pues se trata de espacios abiertos y con muchos trenes donde poderse ocultar.

Metro introducirá la participación de los perros en el próximo concurso de vigilancia de las cocheras. En principio la empresa no piensa en extender la participación de estos animales a la red, algo que ya tuvo hace algunos años.

Ya funciona en Barcelona.

En Barcelona funcionan las patrullas con perro desde hace algunos años y prestan servicio en los vestíbulos, andenes e incluso dentro de los vagones. Están encuadrados en un grupo canino y hay más de cincuenta ejemplares especialmente adiestrados por sus cuidadores.

Otra de las medidas que pondrá en marcha la dirección será el cambio de las cerraduras de las puertas de la cabina de mando. En la actualidad hay llaves maestras que abren todas las puertas.

Este periódico pudo comprobar hace unos meses como dos personas, ajenas al servicio, entraban en la cabina de cola de un tren con una de esas llaves maestras.

Las llaves serán sustituidas por otras electrónicas cifradas para evitar el acceso a personas ajenas a la empresa. Desde algunos departamentos de la empresa se barajó la posibilidad de poner pestillos, pero ese sistema sólo sirve para la cabina donde está el conductor y no para la de la dirección contraria. 

Agentes de la autoridad.

Por otra parte, los trabajadores han solicitado a la empresa que les reconozcan la categoría de agentes de la autoridad. De esta manera los agresores, de todo tipo, pueden ser acusados de figuras jurídicas más graves.

Otra de las medidas que solicitaron los sindicatos en la reciente reunión con la dirección de la empresa es que se vigilen las redes sociales donde se cruzan apuestas sobre ataques de grafiteros a vagones de Metro.


jueves, 8 de noviembre de 2018

IMPORTANTE SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL SOBRE CONVENIOS SECTORIALES.


En caso de múltiples servicios, se aplicará el convenio de la actividad principal, señala el fallo.

El convenio aplicable en empresas dedicadas a más de una actividad, es decir multiservicios, será el correspondiente a la que se desarrolle principalmente, ha dictado en una reciente sentencia la Audiencia Nacional.

El tribunal da así la razón a una demanda de UGT a favor de los convenios sectoriales frente a los de empresa y supone un espaldarazo a la negociación colectiva afectada por la reforma laboral de 2012. En este sentido, el Gobierno del PSOE ya ha anunciado su intención de cambiar el Estatuto de los Trabajadores (artículo 84.2) para devolver la prevalencia del convenio de sector sobre el de empresa.

UGT presentó demanda contra la empresa ICTS General Services –que opera en los aeropuertos de Madrid y Barcelona– al considerar que los, aproximadamente 450 trabajadores de esta compañía multiservicios están realizando principalmente tareas de handling aeroportuario (asistencia en tierra a aeronaves) y no de seguridad (como afirmaba la propia empresa), de ahí que debieran regirse por el convenio sectorial de handling.

Dicho convenio ofrece mejores condiciones salariales y sociales que el de seguridad privada. La sentencia deja claro –tal como señalaban los servicios jurídicos de UGT– que “el convenio aplicable en empresas dedicadas a más de una actividad será el correspondiente a la que se desarrolle principalmente”, es decir, asistencia en tierra (handling) “sin que, por otro lado, la empresa haya sido capaz de demostrar que su actividad sea la de seguridad”, subraya el sindicato.

La Audiencia Nacional advierte en su sentencia que –quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley de seguridad privada 5/2014 de 4 de abril– “el personal no habilitado que preste los servicios o funciones comprendidos en el apartado 2 del art.6, en ningún caso podrá ejercer función alguna de las reservadas al personal de seguridad privada, ni portar ni usar armas ni medios de defensa, ni utilizar distintivos, uniformes o medios que puedan confundirse con los previstos para dicho personal”.

Con la aplicación de esta sentencia, los trabajadores de ICTS pasarán de cobrar el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) a lo estipulado en las tablas salariales del convenio de handling, es decir (dependiendo del nivel y categoría) se incrementa su poder adquisitivo desde los 13.600 euros a 22.300 euros brutos anuales (siendo estas las tablas para un tiempo completo), más las variables que realicen, pasando de una jornada anual de 1.826 horas a 1.712. Además, tendrán una cláusula de garantía de empleo mediante subrogación, pues así lo contempla el convenio sectorial de asistencia en tierra (handling) en caso de pérdida de actividad.




lunes, 5 de noviembre de 2018

WhatsApp no es un medio válido para comunicar cambios laborales.

La ‘app’ no reúne los requisitos de formales suficientes para informar de modificaciones en el empleo, según el juzgado.
El uso generalizado de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp en el ámbito del trabajo, no lo convierte en un medio válido para comunicar a los empleados modificaciones sustanciales de las condiciones laborales (horarios, turnos, etc.). Así lo establece una reciente sentencia de un juzgado de Oviedo (accede aquí al texto), que afirma que “por mucha libertad de forma que exista en este ámbito”, esta no es un “vía formal” de comunicación en las relaciones entre empresa y empleado.
El juzgado rechaza la petición de un trabajador de rescindir su contrato, después de que se le comunicara un cambio de turno a través de la app, porque, según sostiene, dicha conversación no supuso modificación sustancial de sus condiciones laborales. 
El empleado, un conductor-repartidor, alegó que su encargado le había preguntado por WhatsApp si iba a venir en otro turno para sustituir a un compañero en vacaciones, lo que consideró un cambio de horario impuesto. Por este motivo invocó su derecho a rescindir su contrato y a ser indemnizado.

Cómodo pero insuficiente.
Tras valorar las pruebas presentadas, el juzgado niega que hubiera existido una modificación sustancial de las condiciones laborales del trabajador. En primer lugar, porque WhatsApp no es una vía de comunicación admisible para la modificación contractual.
A pesar de ser un medio ágil y cómodo, como reconoce la resolución, no reúne los requisitos formales mínimos para comunicar una decisión empresarial de tal calado. Y, además, faltan las dos notas caracterizadoras de la modificación contractual: no es sustancial, en tanto que la medida era temporal; y tampoco se había impuesto. Según constaba, el encargado preguntó por WhatsApp, “¿qué vas a hacer? ¿Vas a ir de noche o de mañana?” y el empleado ni siquiera contestó.
Entre las razones que ofrece el juzgado para rechazar la existencia de una modificación contractual, se subraya el hecho de que la conversación se inició por el encargado de almacén y no la empresa. Para producir efectos jurídicos, la comunicación debe realizarla el empresario o persona autorizada.

jueves, 1 de noviembre de 2018

Detenido un agricultor y un vigilante de seguridad por estafar 800.000 euros a la comercializadora.

Detenido un agricultor y un vigilante de seguridad por estafar 800.000 euros a la comercializadora.

El vigilante cogía mercancía que ya había sido comprada por la empresa y la trasladaba de nuevo a la zona de pesado para volver a cobrarla.

La Guardia Civil ha detenido a un agricultor y al vigilante de seguridad de una comercializadora hortofrutícola de la Comarca de Poniente de Almería acusados de urdir un plan para estafar a la empresa con la venta fraudulenta de pimiento y obtener de esta forma más de 800.000 euros.

La investigación de los hechos se inició tras la denuncia presentada por el presidente de comercializadora en dependencias de la Guardia Civil debido al incremento inusual de los kilos de pimiento entregados por parte de un agricultor de diferentes orígenes y variedad.

Cinco años estafando a la empresa.

Ante tal aumento de la cantidad y variedad entregada, un responsable de la empresa fue al invernadero de donde provenían supuestamente esas partidas de pimientos, donde pudo observar que este agricultor aún tenía los pimientos en crecimiento.

El agricultor admitió que estaba engañando a la empresa junto con el vigilante del turno de noche de la empresa agrícola, que cuando estaba solo cogía mercancía que ya había sido comprada por la empresa y la trasladaba a la zona de pesado como si fuera mercancía nueva para volver a pasar el producto como nuevo y así abonar su precio de compra al agricultor, repartiéndose finalmente las ganancias.

El vigilante se aprovechaba presuntamente de la confianza de sus más de 25 años trabajando para esta empresa agrícola, diciendo cada vez que aparecía esa mercancía en la zona de pesado que era de un agricultor amigo suyo que no podía venir más tarde.

Tras tal declaración, responsables de la empresa, se reunieron con el vigilante, quien admitió su culpabilidad así como que venía realizándola durante años atrás. En la denuncia que estos hechos vienen realizándose desde hace cinco años atrás y que la cantidad total estafada es de 800.000 euros.

Con estos datos la Guardia Civil inició la investigación mediante la que llegan a determinar el modus operandi de los detenidos, realizando durante el desarrollo de la misma, diversas gestiones, entrevistas, visionados de cámaras cctv y exploración de documentación.

En esos visionados los agentes de la Guardia Civil pudieron comprobar cómo el vigilante apagaba las luces de la empresa y tras dejar pasar una hora aproximadamente volvía a encenderlas, apareciendo de repente las cajas de pimientos en la zona de báscula de pesado.

Los agentes tras varias declaraciones de empleados de la empresa, así como del transportista habitual del agricultor implicado, y tras inspeccionar los invernaderos propiedad del agricultor, demostraron los hechos denunciados.

Finalmente la Guardia Civil lleva a cabo la detención de los dos autores, identificados como F.L.F., de 63 años, y N.F.B., de 55 años, el pasado día 17, dejando las diligencias a disposición del Juzgado de Instrucción 2 de Berja (Almería).



miércoles, 8 de agosto de 2018

Reservistas del Ejército se ofrecen para sustituir la seguridad privada en instalaciones militares.

Reservistas del Ejército se ofrecen para sustituir la seguridad privada en instalaciones militares.

La plataforma ‘45 sin despidos’ va a trasladar a Defensa una propuesta para dar trabajo a ex miembros de las Fuerzas Armadas que están sin actividad.

La plataforma militar ‘45 sin despidos’ ha afirmado que están trabajando en un estudio, a presentar en el Ministerio de Defensa, para sustituir la costosa vigilancia privada de acuartelamientos, museos, hospitales, bases y residencias militares por una propia militar más económica.

Resaltan que desde hace unos años la labor de vigilancia en esas instalaciones militares la realizan empresas privadas “por cuestiones de falta de personal”, y que los Reservistas de Especial Disponibilidad (RED) están “en condiciones” de poder ejercer ese mismo trabajo sin quedar en la inactividad laboral.

Ante este hecho, ofrecerán la alternativa a Defensa cuando una subcomisión, creada hace 19 meses en el Congreso para estudiar el régimen profesional de los militares de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas, dé un dictamen definitivo.

Desde la asociación piden el “reconocimiento pleno” como “funcionarios públicos con carácter militar”. Para ello, exigen que se cambie principalmente la ley de tropa y marinería que expulsa del Ejército a los militares no de carrera cuando cumplen 45 años, o que al menos se les den alternativas laborales cuando llegan a esa edad, como trata de dar esta propuesta.

Las “incoherencias” del sistema.

Fuentes de la plataforma a las que ha tenido acceso ECD muestran su “desconcierto” al comprobar que la empresa privada le cuesta más a las arcas públicas que un cuerpo de policía militar. En cálculos de la plataforma, esa seguridad privada le costaría a Defensa 46 millones más otros 12 en variables.

El presidente, Jenner López, pone como ejemplo el caso del Hospital Militar Gómez Ulla, donde 50 empleados de seguridad privada realizan un trabajo que antes efectuaba la policía militar, o el cuartel General Arteaga, donde la seguridad y los conserjes son proporcionados de empresas privadas.

También desde la asociación remarcan la “incoherencia” que resulta de que a los contratados por estas empresas no se les pone límite de edad para ejercer el trabajo, mientras que a los militares mayores de 45 años son expulsados sin atender a “criterios objetivos, profesionales o de servicio”.

Desde ‘45 sin despidos’ entienden que si a la empresa privada no se le pone pegas por edad en esos puestos de trabajo, significa que no hay discriminación, como pasa en el ejército. Por tanto, los reservistas podrían realizar perfectamente ese trabajo ya que no habría discriminación por edad.

La propuesta.

Según cálculos de la plataforma, el Ministerio de Defensa gasta en seguridad privada al año 40 millones de euros, más otros 6 asignados en 2018. Además a esa cantidad habría que añadirle otros 6 millones de otros contratos de conserjerías y demás personal.

El gasto total de los 650 efectivos de seguridad privada más los conserjes le daría al ministerio unas cifras que rondan los 52 millones de euros de gasto. A esa cantidad habría que añadirle otros 12 millones que es lo que le cuesta a Defensa las asignaciones mensuales más el paro de los 1500 efectivos despedidos este año.

La propuesta de ‘45 sin despidos’ va en el sentido de sustituir la seguridad privada por un cuerpo específico militar de vigilancia y protección, con las mismas funciones. Calculan que el ministerio podría ahorrarse los 12 millones que gasta en esos 1500 efectivos despedidos manteniendo sus funciones militares, y dedicando su ocupación a las labores que dedican los primeros por entre 30 y 32 millones de euros.

 Igual que en la propuesta dirigida a Interior para vigilar el perímetro exterior de las cárceles, fuentes de la plataforma han asegurado un servicio “más barato y con más personal” a la luz de los datos, asegurando al mismo tiempo una salida laboral viable a cientos de ex militares que se encuentran en situación de paro.


domingo, 29 de julio de 2018

NO SE PUEDEN RETRASAR VACACIONES QUE POR ACUERDO PREVIO HAN DE DISFRUTARSE EN FECHAS CONCRETAS.

TSJ. Vacaciones e IT. No se pueden retrasar aquellas que por su peculiaridad han de disfrutarse en fechas concretas, como Semana Santa o Navidad

Vacaciones no ordinarias establecidas por pacto colectivo (7 días durante la Semana Santa y 9 en Navidad). Posibilidad de retrasar su disfrute cuando coinciden con situaciones de incapacidad temporal (IT). Improcedencia.


El artículo 38.3 del ET establece, a propósito de la fijación del calendario de vacaciones, que el trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute. Esto último implica que la norma se está refiriendo al período anual de vacaciones ordinarias, que pueden disfrutarse en la forma y fechas que se pacten, pero no a aquellos periodos de vacaciones que, en todo caso, han de disfrutarse en fechas concretas, por ser las peculiaridades de estas últimas las que justifican el derecho a las vacaciones en tales fechas y no en cualquier otra. Es lo que ocurre cuando se pactan 7 días de vacaciones en Semana Santa y 9 en Navidad, lo que conlleva que el disfrute se materialice durante las fechas que conforman tales periodos. Por ello, lo previsto en el párrafo 3.º del citado artículo 38.3 del ET (derecho a disfrutar las vacaciones en fechas distintas a las establecidas en el calendario cuando aquellas hayan coincidido con situación de IT) ha de entenderse aplicable a las vacaciones ordinarias, sometidas a la necesidad de la concreción de las fechas en el calendario de vacaciones, pero no a las vacaciones que, en todo caso, han de disfrutarse en fechas conocidas de antemano y, por tanto, no necesitadas de concreción por el calendario.
(STSJ del País Vasco, Sala de lo Social, de 14 de febrero de 2017, rec. núm. 193/2017)

Fuente










lunes, 3 de abril de 2017

Guerra entre empresas de seguridad privada 4 años después de la reforma laboral.

Las compañías 'pirata', que pueden pagar a los trabajadores por debajo del convenio colectivo, roban espacio a las grandes que no pueden hacer eso.

La reforma laboral lanzada por un decreto de urgencia en febrero de 2012 por el recién estrenado gobierno de Mariano Rajoy ha sido saludada por la mayoría de sectores empresariales. Sin embargo, no ha caído tan bien para algunos en el sector de la seguridad privada, uno de los mayores empleadores privados del país y donde una de las condiciones que ofrecía la nueva regulación -posibilidad de una empresa de 'descolgarse' del convenio colectivo sectorial si se encontraba en pérdidas- ha provocado la guerra entre distintas compañías. Según la reforma laboral aprobada por el PP, una empresa puede reducir las condiciones de trabajo (básicamente, el sueldo) de los empleados por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.

"Nosotros estamos compitiendo pagando los sueldos del convenio a los trabajadores, entonces una empresa que compite ofrece un precio muy inferior, tras lo cual se declara en pérdidas y baja los sueldos a los trabajadores argumentando que no les puede pagar. Donde se pagaba 1.000 ahora se paga 700. Creemos que esto desvirtúa el espíritu de la reforma laboral", dice Ángel Córdoba, presidente de la patronal Aproser. Sus palabras a favor de los empleados suenan raro dentro del mundo empresarial. Pero a sus empresas de seguridad privada no les interesa bajar los sueldos a sus empleados. ¿Por qué?
"Las empresas grandes no pueden hacer estos descuelgues, porque entonces se rompería la paz social que tienen con los sindicatos y por la que éstos también les ayudan a ocultar cosas. Pero las empresas pirata nuevas que aparecen sí lo hacen y se están llevando muchos contratos", asegura a este diario Avelino Arroyo, del Sindicato de Trabajadores de Seguridad. Según datos del sindicato FTSP-USO, hasta marzo de 2015 hasta un 20% de los trabajadores de seguridad sufrían los efectos del 'descuelgue' de los convenios y habían pasado a estar regidos por convenios peores que el convenio general de seguridad privada. Este informe aseguraba que "algunas de esas empresas sólo tienen contratos parciales, pero hacen trabajar a sus vigilantes a jornada completa. “Además pagan las horas extras en negro”, aseguraba este sindicato.
"Es cierto que estamos solos en CEOE defendiendo estos puntos de vista, pero pensamos que aunque el descuelgue haya sido positivo para algunos, no lo ha sido igual para todos porque no todas las empresas tenemos las mismas características", certifican en Aproser. En esta asociación sólo permiten asociarse a empresas que no permitan los descuelgues de convenio.
El sector público alienta 
Los responsables de Aproser han denunciado que en muchas ocasiones es la propia administración pública la que fomenta esta hipercompetitividad entre compañías. Uno de los casos denunciados fue protagonizado por Marsegur, una empresa propiedad deSegurida Integral Canaria compañía que ha logrado muchos contratos en los últimos años en la Comunidad de Madrid. Según denunció en su momento Podemos, Marsegur como filial encubierta de SIC "bajó el sueldo un 33% a cada vigilante para que pasaran de ganar 1.150 euros al mes a 750, lo que supondría "un ahorro de 1.800 euros por trabajador" de los centros de vigilancia de menores a cargo de la administración autonómica, según denunció la joven diputada Isabel Serra.
Hay que tener en cuenta que el sector es muy competitivo lo cual favorece la aparición de nuevas compañías. La seguridad privada cuenta con 1.534 empresas, de las que un 82% tiene menos de 50 empleados. Aproser sólo reúne a unas pocas, pues sus compañías representan a 5.000 trabajadores (Prosegur o Securitas son algunas de las más importantes) mientras que muchas otras de relevancia quedan fuera. Entre ellas, Ombus-Casesa (fusionadas a final de año) o la citada Integral Canaria. En el total del sector se emplea a 78.200 profesionales con una fuerte presencia local, y mercados de gran relevancia sobre todo en Madrid, Cataluña y Andalucía.




jueves, 7 de enero de 2016

El Despido Como Represalia Puede Salir Muy Caro.

Doctrina

Cuidado con las conversaciones de WHATSAPP que pueden ser utilizadas como prueba en juicio. 

El trabajador, que había iniciado su relación con la empresa en octubre de 2014 con un contrato por obra o servicio determinado, tuvo la osadía de manifestarle a su jefe –el viernes 19 de junio-  que le correspondían quince días de vacaciones y que tenía intención de disfrutarlas.

Al empresario no debió gustarle tan intrépida iniciativa, así que hizo sus cuentas, sopesó que en el peor de los casos por la antigüedad del trabajador la indemnización no sería muy superior a mil euros y, el martes 23 de junio, comunicó al trabajador que la obra en la que estaba trabajando había concluido, y con ella su contrato de trabajo.

Es jurisprudencia consolidada que cuando el despido se produce como reacción a una previa demanda del trabajador el despido debe considerarse nulo, puesto que vulnera del derecho constitucional del trabajador a la tutela judicial efectiva. Si como consecuencia de interponer una demanda reclamando cualquier derecho se pierde el empleo, difícilmente se encontraría el amparo judicial, de tal modo que permitir esa conducta empresarial impediría o limitaría el ejercicio de la acción jurisdiccional. Es lo que se conoce en la jurisdicción social como garantía de indemnidad.

Pero en casos como este, en los que todavía no se ha llegado a interponer la demanda, la prueba de lo realmente acontecido resulta muy complicada. Sin embargo, en este concreto supuesto, el trabajador había manifestado su reivindicación a través del grupo de WHATSAPP de la empresa, en el que estaban incluidos el jefe y todos los empleados.


Interpuesta la correspondiente demanda por despido con vulneración de derechos fundamentales, la sentencia ha declarado nulo el despido, lo que supone la readmisión del trabajador y el abono y cotización de los salarios de trámite, y además condena al empresario a abonar al trabajador una indemnización adicional por la lesión del derecho fundamental de doce mil euros. En total más de veintitrés mil euros.  

Os dejo la sentencia, por si alguien la quiere leer.