El exempleado apagaba las cámaras e inutilizaba las alarmas para hurtar productos que al final de la jornada laboral sacaba en su mochila.
Fachada del establecimiento Media Markt en Logroño
El Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño ha condenado a quince
meses de prisión a V.B. H.I, exjefe de seguridad del establecimiento de Media
Markt en la capital riojana, por un delito continuado de hurto y a indemnizar
con 2.553.53 euros a la cadena comercial, equivalente al material sustraído y no
recuperado.
V.B.H.I. desempeñaba hasta el año pasado, y con una antigüedad de una
década, las funciones de jefe de seguridad del establecimiento que Media Markt
tiene en el centro comercial Berceo. Valiéndose de su puesto de trabajo,
inutilizaba antes de abrir el establecimiento al público las cámaras de
seguridad durante unos minutos y aprovechaba el momento para sustraer material
que, después de desprecintar también las alarmas de las carcasas, guardaba en su
mochila para sacarlo de la tienda tras concluir su jornada laboral.
Después de
levantar sospechas entre varios de sus compañeros, el gerente del
establecimiento grabó en vídeo una conversación con el condenado en la que éste
reconoce la autoría de los hurtos.
La defensa del exempleado, que pedía la libre absolución, intentó en
el juicio invalidar la grabación como prueba al argumentar que podía suponer una
violación de los derechos fundamentales a no declarar contra sí mismo y a no
confesarse culpable. Sin embargo, el juzgado entiende que no se ha producido
este hecho, ya que «el contenido inculpatorio de la conversación está
corroborado por el resto de pruebas que se han practicado en el procedimiento».
En este sentido, la sentencia alude a varios testimonios de trabajadores
excompañeros del condenado a los que confesó que había estado robando y las
sucesivas faltas inexplicables de objetos que estaban por la noche cuando
cerraban el establecimiento y, sin embargo, echaban de menos cuando volvían por
la mañana.
El juzgado impone las costas al condenado y, además de los 15 meses
de prisión y la indemnización a Media Markt por los objetos robados y no
recuperados, ordena la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de
sufragio pasivo de V.B.H.I. durante los quince meses de
condena.

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